¿Se acabarán las llamadas no deseadas?

En EHL Abogados, como expertos en derecho y defensores de los derechos de los consumidores, nos complace abordar un tema que afecta a muchos de nosotros: las llamadas no deseadas con fines comerciales. Estas llamadas invasivas e irritantes se han convertido en una molestia constante en nuestra vida cotidiana. Afortunadamente, existen regulaciones y criterios que buscan poner fin a esta práctica intrusiva.

El problema de las llamadas no deseadas

Las llamadas no deseadas con fines comerciales se han convertido en un problema generalizado en los últimos años. A diario, miles de personas reciben llamadas telefónicas no solicitadas de empresas que intentan vender productos o servicios. Estas llamadas no solo interrumpen nuestra privacidad, sino que también consumen nuestro tiempo y pueden generar estrés innecesario.

Las empresas que realizan llamadas no deseadas suelen obtener nuestros números de teléfono a través de diversas fuentes, como registros públicos, directorios en línea o incluso mediante la compra de bases de datos de contactos. Este enfoque agresivo para la promoción de productos o servicios ha llevado a una creciente preocupación por parte de los consumidores y ha generado la necesidad de establecer medidas para combatir este problema.

Marco legal y regulaciones

Para abordar el problema de las llamadas no deseadas, se han establecido criterios y regulaciones específicas. En España, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) desempeñan un papel fundamental en la protección de los consumidores frente a estas prácticas intrusivas.

El artículo 58 bis de la LOPDGDD establece que las llamadas con fines de venta o promoción comercial solo se pueden realizar cuando exista un consentimiento previo y expreso por parte del destinatario. Esto significa que las empresas deben obtener el permiso del usuario antes de contactarlo con fines comerciales. Además, la AEPD ha publicado directrices específicas para orientar a las empresas y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.

Además, hoy, día 29 de junio, entra en vigor la Circular 1/2023, sobre la aplicación del artículo 66.1.b) de la Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones. En esa Circular queda claro que no se permitirán llamadas de teléfono realizadas de forma aleatoria, normalmente llevadas a cabo por robots de marcado automático, sin el consentimiento previo del usuario. No obstante, sí podrán realizarse esas llamadas si ha habido un consentimiento previo efectuado por la personas con la que, normalmente, se ha mantenido anteriormente algún tipo de relación comercial.

Importancia del consentimiento previo y expreso

El consentimiento previo y expreso es un elemento fundamental para poner fin a las llamadas no deseadas. Las regulaciones actuales establecen claramente que las empresas deben obtener el permiso de los usuarios antes de contactarlos con fines comerciales. Esto pone el control en manos de los consumidores y garantiza que solo reciban llamadas de empresas en las que confíen y estén interesados.

El futuro de las llamadas no deseadas

A medida que las preocupaciones de los consumidores respecto a las llamadas no deseadas continúan creciendo, es de esperar que se implementen medidas más estrictas para combatir esta práctica invasiva. Aunque las regulaciones actuales han sido un paso importante en la dirección correcta, como la Circular arriba mencionada, todavía hay margen para mejorar.

En un futuro cercano, es probable que veamos avances tecnológicos que permitan a los usuarios tener un mayor control sobre las llamadas que reciben. Por ejemplo, las aplicaciones de identificación de llamadas podrían mejorar su capacidad para filtrar y bloquear automáticamente las llamadas no deseadas. Además, es posible que se refuercen las sanciones y multas para las empresas que no cumplan con las regulaciones existentes.

Conclusiones

En resumen, las llamadas no deseadas con fines comerciales representan un problema molesto en la vida cotidiana de muchos consumidores. Sin embargo, a través de regulaciones como la LOPDGDD y la supervisión de la AEPD, se están tomando medidas para proteger nuestros derechos y privacidad.

Es esencial que los consumidores estén informados sobre sus derechos y sepan cómo denunciar las llamadas no deseadas. Además, es importante que las empresas comprendan la importancia de obtener el consentimiento previo y expreso de los usuarios antes de realizar llamadas con fines comerciales.

En EHL Abogados, estamos comprometidos a ayudar a los consumidores a proteger sus derechos y luchar contra estas prácticas molestas. Si has sido víctima de llamadas no deseadas, no dudes en contactarnos para recibir asesoramiento y asistencia legal.

Recuerda, el futuro de las llamadas no deseadas depende de nuestra capacidad para promover cambios y exigir el cumplimiento de las regulaciones existentes. Juntos, podemos trabajar hacia un entorno telefónico más seguro y libre de molestias.

 

Si desea consultar el contenido de la Circular 1/2023, se la facilitamos AQUÍ

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